Servicios

Posesión efectiva y herencia

Posesión Efectiva

$92,00

¿Qué es?

Es el trámite legal por medio del cual, el Estado ecuatoriano reconoce y autoriza, a través de una Notaria, formalmente a una persona, o varias, como legítimos sucesores del patrimonio de una persona fallecida.

¿Para qué sirve?

Sirve principalmente para que los herederos puedan administrar el patrimonio de la persona fallecida y registrarlos legalmente a su nombre.

OJO: El patrimonio de una persona esta integrado tanto por lo activos como una casa, un carro, una cuenta bancaria o cualquier otro activo, y también los pasivos, es decir, las deudas, creditos, y en egeneral obligaciones pendientes de pago adquiridas, en su momento, por la persona fallecida. Es por ello que la «posesión efectiva» en caso de existir inmuebles y/o acciones, debe inscribirse el o los registros públicos corresondientes como el Registro de la Propiedad o el Registro Mercantil del cantón respectivo.

¿A quién está dirigido?

Esté trámite esta dirigido a los herederos y gananciales; es decir, las hijos, padres, hermanos y/o sobrinos según corresponda el orden sucesorio; y, la o el conyugue sobreviviente en caso de existir.

Nuestro servicio incluye
  1. Consultas ilimitadas relacionadas con tu trámite: Consulta con confianza todo lo que necesites sin miedo a “cobros extras”.
  2. Checklist de requisitos personalizados: Olvídate de los listados genéricos: te solicitamos exactamente lo que necesitas entregar.
  3. Minuta técnica y personalizada: Elaboramos la minuta asegurando que cumpla con la normativa vigente conforme a cada caso y con los requisitos propios de la notaría seleccionada.
  4. Seguimiento de la revisión notarial: Supervisamos que la minuta sea aceptada sin observaciones, y en caso de ajustes solicitados por la notaría, los corregimos sin recargos adicionales.
  5. Gestión de agenda y toma de firmas: Coordinamos contigo y con la notaría la cita para la firma, asegurándonos de que todos los intervinientes estén informados y que el proceso se realice oportunamente y sin perdidas de tiempo.
  6. Entrega y cierre seguro: Coordinamos la entrega de tus documentos en físico con las indicaciones del caso y te enviamos el respaldo digital para tu archivo personal. 
¿Cuándo debe realizarse?

Si bien no se ha definido un plazo legal para realizar la posesión efectiva, es recomendable hacerla tan pronto como sea posible, posterior al fallecimiento de la persona.

 

Requisitos
  • Certificado de defunción.
  • Certificado nacimiento de hijos interesados en celebrar.
  • Cedulas de ciudadanía, identidad o pasaportes.
  • Papeletas de votación vigentes.
  • Certificado de matrimonio, cedula de la esposa y papeleta de votación.
  • Minuta de abogado. (solicitar trámite de posesión efectiva)

Los requisitos para la inscripción en el registro de propiedad respectivo pueden variar según en cantón a realizar la inscripción de la poseción efectiva. (solicitar trámite de inscripción en el Registro de la Propiedad)

La declaración del impuesto a la herencia suele ser un documento habilitante para el registro (este requisito debe llevarme a un link para solicitarnos hacer la declaración del impuesto a la herencia.

Tiempo

24 a 72 hrs dependiendo de la notaria en la que se realice le tramite.

Honorario

$92 por hasta cuatro personas.  Cada persona adicional $12 que se cancelarán al final del trámite previo a la entrega de los documentos. Valores incluyen IVA

Todos nuestros servicios pueden diferirse a 3 meses sin intereses en pagos con tarjeta de crédito.

Declaración de Impuestos a la Herencia

$46,00

¿Qué es?

Es un tributo que los herederos deben pagar al Estado por los bienes y derechos que reciben de una persona fallecida. Este impuesto se calcula sobre el valor de los bienes heredados.

¿Para qué sirve?

El impuesto a la herencia permite al Estado recaudar fondos para financiar servicios públicos y garantizar una distribución equitativa de la riqueza.

¿A quién está dirigido?

Esté trámite esta dirigido a los herederos; es decir, las hijos, padres, hermanos y/o sobrinos según corresponda el orden sucesorio.

¿Cuándo debe realizarse?

Los herederos tienen un plazo de hasta seis meses desde que reconocen la existencia de los bienes heredados para declarar y pagar este impuesto.

Requisitos
  • Formulario 108 del SRI: Este es el documento oficial para declarar el impuesto a la herencia. Debe completarse con la información detallada de los bienes heredados y presentarse en línea a través del portal del SRI.

 

  • Documentos de respaldo: Incluyen la partida de defunción del causante, documentos que acrediten la propiedad y valor de los bienes heredados, y cualquier otro que el SRI considere necesario.
Tiempo

Depende de la cantidad de bienes a declarar.

Honorario

$46 incluido IVA. Cubre la declaración de dos herederos, cada uno con su declaración individual. Por cada persona adicional $18.

Todos nuestros servicios pueden diferirse a 3 meses sin intereses en pagos con tarjeta de crédito.

Inscripción de la Posesión Efectiva

$60,00

¿Qué es?

Es el acto mediante el cual se registra oficialmente en el Registro de la Propiedad del cantón correspondiente el acto notarial de posesión efectiva de los bienes inmuebles del causante (persona fallecida).

¿Para qué sirve?

Sirve para acreditar frente a terceros la propiedad de los bienes inmuebles heredados y disponer de los mismos.

¿A quién está dirigido?

Al o la cónyuge sobreviviente y a los herederos legales o testamentarios de una persona fallecida, que necesitan registrar la posesión efectiva sobre el o los bienes inmuebles del causante.

Nuestro servicio incluye
    1. Consultas ilimitadas relacionadas con tu trámite: Consulta con confianza todo lo que necesites sin miedo a “cobros extras”.
    2. Solicitud técnica y personalizada: Elaboramos la solicitud física o digital de la inscripción de la posesión efectiva.
    3. Gestionamos el pago de la tasa registral.
    4. Obtenemos el certificado de inscripción correspondiente. 
    5. Entrega y cierre seguro: Coordinamos la entrega de tus documentos en físico con las indicaciones del caso y te enviamos el respaldo digital para tu archivo personal.
¿Cuándo debe realizarse?

La inscripción en el registro de la propiedad se debe realizar una vez obtenida la posesión efectiva y la consecuente declaración del impuesto a la herencia.

Requisitos

En el D.M. de Quito: unicamente se requiere la posesión efectiva y el pago de la tasa de inscripción respectiva.

En otros cantones pueden variar los requisitos, los tiempos y los valores. Si es tu caso, escribemos a travéz de nuestro formulario de contacto.

Tiempo

8 días habiles aproximadamente

Honorario

$60 Incluye IVA. 

*Todos nuestros servicios pueden diferirse a 3 meses sin intereses en pagos con tarjeta de crédito.

Pack Trámites Post Mortem

$200,00

¿Qué es?

Un paquete integral que reúne en un solo servicio los tres trámites indispensables tras el fallecimiento de un ser querido: la posesión efectiva, la declaración del impuesto a la herencia y la inscripción de la posesión efectiva en el Registro de la Propiedad del cantón principal.

¿Para qué sirve?

Garantiza que los bienes heredados queden legalmente reconocidos y registrados, evitando futuros problemas legales o familiares. Facilita la correcta transmisión del patrimonio de forma segura y ordenada.

¿A quién va dirigido?

A herederos y familias que necesitan regularizar los bienes de un ser querido en Quito y desean hacerlo con acompañamiento profesional y sin complicaciones.

Beneficios del Trámite

-Ahorra dinero y tiempo
-Absuelve todas las consultas legales relacionadas sin costo adicional
-Resuelve todos los trámites post mortem de una sola.
-Evita vueltas y errores entre notaría, SRI y Registro de la Propiedad.
– Tranquilidad de cumplir con todas las obligaciones legales en un solo paquete.
– Seguridad jurídica para los herederos.
– Acompañamiento profesional de principio a fin.
-Puedes diferir a tres meses sin interes.

Nuestro servicio incluye:
    1. Consultas ilimitadas relacionadas con tu trámite: Consulta con confianza todo lo que necesites sin miedo a “cobros extras”.
    2. Checklist de requisitos personalizados: Olvídate de los listados genéricos: te solicitamos exactamente lo que necesitas entregar.
    3. Minuta técnica y personalizada: Elaboramos la minuta asegurando que cumpla con la normativa vigente conforme a cada caso y con los requisitos propios de la notaría seleccionada.
    4. Seguimiento de la revisión notarial: Supervisamos que la minuta sea aceptada sin observaciones, y en caso de ajustes solicitados por la notaría, los corregimos sin recargos adicionales.
    5. Gestión de agenda y toma de firmas: Coordinamos contigo y con la notaría la cita para la firma, asegurándonos de que todos los intervinientes estén informados y que el proceso se realice oportunamente y sin perdidas de tiempo.
    6. Impuesto a la herencia: Elaboración, asesoría y envío de la declaración de impuestos a la herencia de hasta 4 personas. Cada persona adicional $18 (De ser el caso se cancelarán al final del trámite.)
    7. Inscripción de la posesión efectiva en el Registro de la Propiedad del cantón principal en el que se encuentran los bienes.
    8. Entrega y cierre seguro: Coordinamos la entrega de todos tus documentos en físico con las indicaciones del caso y te enviamos el respaldo digital para tu archivo personal. 
¿Cuándo debe realizarse?

Después del fallecimiento del causante y una vez obtenida el acta de defunción. Ideal realizarlo cuanto antes para evitar conflictos, intereses o sanciones por retraso en la declaración de impuestos.

 

Requisitos
  • Certificado de de defunción
  • Copias de cédulas y papeletas de votación de los herederos.
  • Certificado de Nacimiento de los herederos
  • Partida de matrimonio si corresponde
Tiempo

De 8 a 15 días laborables a partir de la entrega de toda la información por parte del cliente

Honorario

$200 Incluye IVA *este valor no incluye las tarifas notariales ni registrales de posesión efectiva ni los montos que por impuestos deban cancelar los herederos al SRI.

Todos nuestros servicios pueden diferirse a 3 meses sin intereses en pagos con tarjeta de crédito.

División y partición voluntaria de la herencia

¿Qué es?

Es un procedimiento legal mediante el cual los herederos, de común acuerdo, distribuyen los bienes heredados sin necesidad de acudir a un proceso judicial. Este trámite se realiza ante un notario público y permite que cada heredero reciba bienes específicos en lugar de una parte abstracta de la herencia.

¿Para qué sirve?

Este proceso tiene como objetivo poner fin a la comunidad hereditaria, asignando a cada heredero la propiedad concreta de los bienes que le corresponden, facilitando así la administración y disposición individual de los mismos.​

Tips del Trámite

Asesoría legal: Es recomendable contar con la asistencia de un abogado para redactar la minuta de partición y asegurarse de que el acuerdo cumpla con las disposiciones legales.​

Documentación completa: Reunir todos los documentos necesarios, como certificados de propiedad, avalúos y certificados de gravámenes, para evitar retrasos en el proceso.​

Impuestos al día: Asegurarse de que se hayan pagado los impuestos correspondientes, como el impuesto a la herencia, y contar con los comprobantes respectivos.

Una vez que se ha elaborado y firmado la escritura pública de partición y adjudicación ante el notario, esta debe ser inscrita en el Registro de la Propiedad correspondiente para que tenga efectos legales frente a terceros.​

¿Cuándo debe realizarse?

La partición voluntaria puede llevarse a cabo en cualquier momento después de haber obtenido la posesión efectiva de la herencia, siempre que:​
– todos los herederos estén de acuerdo en la forma de dividir los bienes
– Todos sean mayores de edad y tengan la capacidad legal para disponer de sus bienes.

 

Requisitos
  • Minuta de partición y adjudicación: Documento elaborado por un abogado que detalla cómo se dividirán los bienes entre los herederos.​
  • Copia certificada de la escritura de posesión efectiva: Documento que acredita la calidad de heredero de cada participante.​
    Gobierno de Ecuador
  • Certificados de gravámenes actualizados: Emitidos por el Registro de la Propiedad, con una vigencia no mayor a 60 días.​
    Gobierno de Ecuador
  • Avalúos de los bienes: Informe que establece el valor de cada bien a dividir.​
  • Certificados catastrales: Documentos que detallan las características y ubicación de los bienes inmuebles.​
  • Formulario 108 del SRI: Comprobante del pago del impuesto a la herencia por parte de cada heredero.
Tiempo

El tiempo del trámite esta sujeto a la dispoinibilidad de documentos habilitates, la cantidad de bienes, el estado de los mismos, la cantidad de comparecientes y la claridad de la minuta, por lo que debe existir la coordinación adecuada con la notaría desde el primer momento para evitar contratiempos, errores y cambios de última hora. La asesoría, participación, elaboración y seguimiento permanente por parte del abogado es primordial para el éxito del producto.

Honorario

Depende de la complejidad de la división de bienes a realizar; así como de la cantidad, tipo, estado y cuantía de los bienes a tomarse en cuenta para el acto.

Contáctanos para conocer tu caso y enviarte una oferta de servicios concreta.

Contrato de Compraventa de Vehículos por Escritura Pública

$69,00

¿Qué es?

Es la transferencia de la propiedad del vehículo a uno de los herederos o a un tercero

¿Para qué sirve?

Habilita la matriculación anual vehicular e independiza la propiedad del vehículo en una sola persona

¿A quién está dirigido?

Herederos y cónyugue sobreviviente de vehículos

Tips del Trámite
  1. Consultas ilimitadas relacionadas con tu trámite contratado: Consulta con confianza todo lo que necesites sin miedo a “cobros extras”. 
  2. Checklist de requisitos personalizados: Olvídate de los listados genéricos: te solicitamos exactamente lo necesario.
  3. Minuta técnica y personalizada: Elaboramos la minuta asegurando que cumpla con la normativa vigente conforme a cada caso y con los requisitos propios de la notaría seleccionada.
  4. Seguimiento de la revisión notarial: Supervisamos que la minuta sea aceptada sin observaciones, y en caso de ajustes solicitados por la notaría, los corregimos sin recargos adicionales.
  5. Gestión de agenda y toma de firmas: Coordinamos contigo y con la notaría la cita para la firma, asegurándonos de que todos los intervinientes estén informados y que el proceso se realice oportunamente y sin perdidas de tiempo.
  6. Entrega y cierre seguro: Coordinamos la entrega de tus documentos en físico con las indicaciones del caso y te enviamos el respaldo digital para tu archivo personal.
¿Cuándo debe realizarse?

Se recomienda realizar este trámite a raíz del fallecimiento del dueño originario. Tras haber realizado la posesión efectiva de los bienes del causante.

Luego de haber acudido al SRI a registrar el vehículo y un administrador (que no sea el adquiriente final) 

Requisitos
  • Posesión efectiva debidamente inscrita en el registro de la propiedad o mercantil según corresponda.
  • Certificado único vehicular CUV
  • Cédulas y certificados de votación
  • Comparecientes en persona o con poder
Tiempo

1 día habil siempre que el vehículo este saneado, se tengan todos los documentos habilitantes, y no haya objeción respecto al precio ni al objeto.

Honorario

$69 hasta 3 herederos, incluye IVA
$12 por cada persona adicional incluido IVA

Puedes diferir, todos nuestros servicios, a 3 meses sin intereses en pagos con tarjeta de crédito.

Testamento Abierto

¿Qué es?

Es un documento legal mediante el cual una persona (llamada testador) expresa cómo desea que se distribuyan sus bienes y asuntos después de su fallecimiento de forma pública ante un notario y testigos. El contenido del testamento es conocido por todos los presentes en el acto.

¿Para qué sirve?

Permite que el testador disponga de sus bienes y asuntos personales de manera clara y oficial, asegurando que sus deseos sean cumplidos después de su fallecimiento.

¿A quién está dirigido?

Esté trámite esta dirigido a toda persona mayor de edad y capaz para contratar que desea dejar claramente establecido su ultima voluntad respecto de sus bienes.

Tips del Trámite

Consulte con un abogado especializado para conocer las limitaciones y asegurarse de que el testamento cumpla con todas las formalidades legales, cumpla sus expectativas y refleje fielmente su voluntad.

Reflexione detalladamente sobre cómo desea distribuir sus bienes y quiénes serán sus herederos o legatarios.

Mantenga el testamento actualizado, revisándolo periódicamente y realizando modificaciones si cambian sus circunstancias o deseos.

Consulte respecto a otros opciones o mecanismos existentes de tranferencia de dominio y/o disposición de bienes

¿Cuándo debe realizarse?

Es recomendable hacerlo cuando una persona desea dejar instrucciones claras sobre la distribución de sus bienes y asuntos personales, especialmente si tiene propiedades o situaciones familiares que requieren una planificación específica.

Requisitos
  • Minuta del abogado que redacte las especificaciones del testamento así como el detalle de los bienes a testamentar.
  • Adjuntar documentos habilitates de respaldo de las personas y bienes respectivos (debe realizarlo un abogado)
  • El testador debe ser mayor de 18 años y estar en pleno uso de sus facultades mentales.
  • Comparecer ante un notario público en presencia de al menos tres testigos mayores de edad, quienes no deben ser beneficiarios en el testamento ni tener relación de parentesco con el testador.
Tiempo

Debe existir la coordinación adecuada con la notaría desde el primer momento para evitar contratiempos, errores y cambios de última hora. La asesoría, participación, elaboración y seguimiento permanente por parte del abogado es primpordial para el éxito del producto.

Precio

Desde $350
Valor sujeto a la cantidad de bienes y su ubicación, el numero de herederos y beneficiarios.

Se recomienda que realice las consultas previas legales.

Contáctanos para conocer tu caso y enviarte una oferta de servicios concreta

Testamento Cerrado

¿Qué es?

Es la expresión de ultima voluntad de una persona cuyo contenido permanece en secreto hasta después del fallecimiento del testador. El testador redacta su última voluntad, la coloca en un sobre sellado y la presenta ante un notario y testigos, quienes certifican la existencia del testamento sin conocer su contenido.

¿Para qué sirve?

Ofrece confidencialidad al testador sobre sus disposiciones testamentarias, asegurando que su voluntad se mantenga en secreto hasta el momento oportuno.​

¿A quién está dirigido?

Este trámite esta dirigido a toda persona mayor de edad y capaz para contratar que desea dejar claramente establecido su última voluntad respecto de sus bienes.

Tips del Trámite

Consulte con un abogado especializado para conocer las limitaciones y asegurarse de que el testamento cumpla con todas las formalidades legales, cumpla sus expectativas y refleje fielmente su voluntad.

Reflexione detalladamente sobre cómo desea distribuir sus bienes y quiénes serán sus herederos o legatarios.

Mantenga el testamento actualizado, revisándolo periódicamente y realizando modificaciones si cambian sus circunstancias o deseos.

Verifique que el sobre que contiene el testamento esté debidamente cerrado y sellado para garantizar su inviolabilidad.
Informe a una persona de confianza sobre la existencia y ubicación del testamento cerrado para facilitar su localización y apertura tras su fallecimiento.

Consulte respecto a otros opciones o mecanismos existentes de tranferencia de dominio y/o disposición de bienes

¿Cuándo debe realizarse?

Cuando el testador desea mantener en reserva el contenido de su testamento, evitando que terceros conozcan sus decisiones hasta después de su fallecimiento.​

Requisitos
  • Minuta del abogado que redacte las especificaciones del testamento así como el detalle de los bienes a testamentar.

    Adjuntar documentos habilitates de respaldo de las personas y bienes respectivos (debe realizarlo un abogado)

    El testador debe ser mayor de 18 años y estar en pleno uso de sus facultades mentales.

    Comparecer ante un notario público en presencia de al menos tres testigos mayores de edad, quienes no deben ser beneficiarios en el testamento ni tener relación de parentesco con el testador.

Tiempo

El tiempo del trámite esta sujeto a la dispoinibilidad de documentos habilitates, la cantidad de bienes, el estado de los mismos y la claridad de la minuta, por lo que debe existir la coordinación adecuada con la notaría desde el primer momento para evitar contratiempos, errores y cambios de última hora. La asesoría, participación, elaboración y seguimiento permanente por parte del abogado es primpordial para el éxito del producto.

Precio

Desde $350

Valor sujeto a la cantidad de bienes y su ubicación, el numero de herederos y beneficiarios.

Se recomienda que realice las consultas previas legales.

Contáctanos para conocer tu caso y enviarte una oferta de servicios concreta.

Escríbenos

Déjanos tus datos, requerimientos y sugerencias

Permiso de salida del país

Divorcios y acuerdos de pareja

Posesión efectiva y herencia

Arriendos e inquilinato

Poderes notariales

Compra venta de bienes y vehículos

Trámites IESS

Defensa e impugnación actos de contraloría

Sociedades y Empresas

Registra tu marca

Demandas y Juicios

Política de Protección de Datos Personales

Política de Envío y Entrega de Servicios

Términos y Condiciones

Declaro haber leído y aceptado la Política de Protección de Datos Personales y autorizo expresamente el tratamiento de mis datos para la gestión del trámite solicitado, conforme a la normativa vigente en Ecuador